REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-V-2010-000171
Vista la anterior diligencia de fecha 19 de octubre del año 2010, suscrita por la abogada en ejercicio CARMEN VICTORIA LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 46.718, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual, en nombre de su representada, ciudadana MAIGUA ELENA BURIEL, titular de la cédula de identidad Nº V-8.343.248, desiste del procedimiento de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA propuesto en contra del ciudadano FRANCISCO VILLAVERDE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº E-79.742; este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo Peña La Secretaria,
Abog. Judith M. Moreno Sabino
AP/air.
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