REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-V-2010-000727
Vista la anterior diligencia de fecha 20 de octubre del año 2010, suscrita por el abogado en ejercicio GONZALO OLIVEROS NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.111, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual, en nombre de su representada, ciudadana IRAMA ORDAZ DE LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.873.600, desiste del procedimiento de OFERTA REAL Y DEPÓSITO propuesto a favor de la Sociedad Mercantil DESARROLLOS TAO INSULAR, C.A., domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 08 de Enero de 2007, bajo el Nº 72, Tomo 1.487-A; este Tribunal, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en la misma forma, términos y condiciones contenidos en la mencionada diligencia, ordenándose proceder como en sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se ordena devolver los recaudos originales solicitados, previa su certificación en autos.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Abog. Alfredo Peña La Secretaria,
Abog. Judith M. Moreno Sabino
AP/air.
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