REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-000179
ASUNTO: BP12-S-2008-000179

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA ISABEL YURAY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-6.916.548 y de este domicilio, donde solicita se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías construidas en terreno Municipal, ubicadas en la Vereda dos con transversal uno, casa N: 17, sector Bolivariano de El Tigre, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa que es o fue de Milagros Flores; SUR: Con vereda dos; ESTE: Con casa de propietario desconocido; y OESTE: Con Transversal uno.- Dichas bienhechurías están conformadas por una casa de paredes de bloques de cemento, Friso liso, cuatro ventanas tipo basculante de hierro, dos puertas metálicas, instalación de aguas blancas, electricidad interna y externa, techo de zinc, piso de cemento pulido y cerámica, y consta de dos habitaciones, un baño con sus respectivos accesorios, una sal, una cocina, un comedor.- El valor invertido en la construcción de dichas bienhechurías es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo), este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA ISABEL YURAY antes identificados, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMP.,

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA