REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-F-2010-000080
ASUNTO: BP12-F-2010-000080
De la revisión minuciosa realizada al presente asunto, se evidencia que con fecha cuatro de octubre de dos mil diez (04/10/2010), se dictó auto ordenando la continuación de la causa por el procedimiento ordinario, aperturándose el lapso probatorio a partir de la referida fecha, conforme a lo previsto en el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil.- Ahora bien, como bien es cierto del escrito de contestación presentado por la parte demandada, se desprende que niega, rechaza y contradice en todas y cada de sus partes tanto los hechos como el derecho alegado, mas no es menos cierto que de la lectura del mismo escrito se desprenda manifestación de la parte demandada de Oposición o discusión alguna a la partición de los bienes inmuebles señalado como objeto de partición.-
Es por lo que en razón de lo anteriormente expresado, este Tribunal deja sin efecto el auto dictado en fecha cuatro de octubre de dos mil diez (04/10/2010); y en consecuencia de ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 Ejusdem, se REPONE la presente causa al estado de fijar oportunidad para la designación de partidor.- A tal efecto, de conformidad con el artículo 778 Ibídem, y no existiendo oposición alguna a la partición de liquidación de comunidad conyugal habida entre los ciudadanos ÁNGEL FERNANDO SALAZAR TAMAYO y LUISA CAROLINA ROSAS AGUILERA, este Tribunal emplaza a las partes para las diez (10:00) de la mañana, del décimo (10º) día de Despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar el acto de nombramiento de Partidor en el presente juicio, previa notificación de las partes.- Líbrense Boletas de Notificación correspondientes.- Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
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