REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.
El Tigre, 14 de Octubre de 2.010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001145
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano EUCLIDES JOSE SALAZAR LIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.640.990, domiciliado en la Calle 13 casa Nº 530 del Sector San Miguel III, de esta ciudad de El Tigre. Estado Anzoátegui, asistido por el abogado JOSE GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.495, donde peticionario se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre un vehículo que posee las siguientes características: MARCA; CHEVROLET, MODELO; S-10, COLOR; ROJO, AÑO; 1991, TIPO; PICK-UP, CLASE; CAMIONETA, USO; CARGA, PLACA; 030-XEC, SERIAL DE CARROCERIA: C1S4ZMV308699, SERIAL DE MOTOR: ZMV308699, Y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ROBIN MANBOD y ROSA VISTORIA MENDEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 23.714.166 y V-13.610.691, respectivamente.- Asimismo, visto el resultado de la experticia practicada al referido vehículo por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas SUb-Delegación El Tigre, Estado Anzoátegui, y por la Unidad de Vigilancia de Tránsito Terrestre de la Zona Sur, del Estado Anzoátegui, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre la propiedad que ejerce el ciudadano EUCLIDES JOSE SALAZAR LIRA, plenamente identificado sobre el vehículo antes descrito en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de Veinte (20) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA.
ABG. FLOR YESENIA CUESTA