REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.
El Tigre, 14 de Octubre de 2010
200° Y 151°
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001320
ASUNTO: BP12-S-2010-001320
Vista la solicitud presentado por la ciudadana: ALCIRA DEL CARMEN BARRAGAN DE TABATA, venezolana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.679.937, domiciliada en la Segunda Calle La Pista Atlética, casa Nº 20 del Sector Santa Ana II de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por el ciudadano abogado GABRIEL R. AROCHA M, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.496, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicado en una extensión de Terreno se encuentra ubicado en la Segunda Calle La Pista Atlética, casa Nº 20 del Sector Santa Ana II, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de Lisbeth Gamel, midiendo Cuarenta y Siete metros con Sesenta y Cinco centímetros (47,65 Mts); SUR; Con casa que es o fue de Mirbio Tabata, midiendo Cuarenta y Un metros con Noventa y Cinco centímetros (41,95 Mts); ESTE: Con Calle La Pista, midiendo Quince metros con Cuarenta centímetros (15,40 Mts) y; OESTE: Con Local que es o fue Chivera El Tigre, midiendo Dos metros con Sesenta y Tres centímetros (2,63 Mts) y una extensión de Terreno propiedad del Municipio Simón Rodríguez, que mide un total de TRECIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS (378,78 Mts2), y siendo su área de construcción de TREINTA Y CUATRO METROS CON CUARENTA CENTIMETROS (34,40 Mts). He fomentado y Construido unas Bienhechurías, Dos (2) Habitaciones, Un (1) Baño, Techo de Platabanda, Paredes de Bloques, con Piso Rustico, Dos (2) Ventanas de Hierro, Tres (3) Paredones de Dos (2) metros, con Bloque de 15 cm, cuyos paredones en los linderos, Norte, Este y Oeste son propios. El valor invertido es la cantidad de VENTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00), equivalente a TRECIENTOS OCHO UNIDADES TRIBUTARIAS (308 UT) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanas SCHNEIDER JOSE MADRID y CARMEN CECILIA ALVAREZ DIAZ , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce por las ciudadanas: ALCIRA DEL CARMEN BARRAGAN DE TABATA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de Doce (12) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA