REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecinueve de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-001839
ASUNTO: BP12-S-2010-001839

Vista la solicitud presentada por el ciudadano Ayman El Rayes El Rayes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. v-12.187.549, actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana: Zaidan Hallen, de nacionalidad libanesa, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° E-84.386.989, debidamente asistido por el abogado Reinaldo Benítez Mundarain, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.706, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propio peculio, en un terreno de su propiedad, ubicado en la Calle 15 Sur, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, teniendo una superficie aproximada de veinte metros (20 mts) de frente por cincuenta metros (50 mts) de fondo, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno Municipal, SUR: Terreno Municipal; ESTE: Terreno Municipal; y OESTE: Con Calle 15 Su, que es su frente.- Dicho terreno les pertenece, según consta de Documento de Compra-Venta, debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, en fecha 24 de Marzo de 2.010, quedando anotado bajo el N° 2010.826, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el N° 260.2.12.1.1720 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.010, donde han construido unas bienhechurias de ampliación y mejoras, las cuales están descritas de la siguiente manera: Un (01) Edificio, denominado “Conjunto Residencial Edificio 15 Sur”, constituido por dos (02) torres, identificadas como Torre A y Torre B, que presentan las siguientes características: Torre A: esta edificado en un area de Doscientos Sesenta Metros Cuadrados (260 Mts²), constituido por dos (02) plantas: Planta Baja y Primer Piso. Planta Baja: consta de Cuatro (04 Apartamentos; Dos (02) apartamentos laterales, distinguidos con la letra y numero “A-1” y “A-2”, ambos tienen un area de Sesenta Metros Cuadrados (60 Mts²) y tiene las siguientes dependencias: Dos (02) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala-comedor y una (01) cocina, y dos apartamentos en el medio de la Planta Baja, distinguidos con las letras y números “A-3” y “A-4”, tienen un area de Cincuenta metros cuadrados (50 mts²), y constan de una (01) habitación, un (01) baño, una (01) sala-comedor y una (01) cocina. Primer Piso: consta de cuatro (04) apartamentos; dos (02) apartamentos laterales distinguidos con la letra y numero “A-5” y “A-6”, ambos tienen un area de sesenta metros cuadrados (60 Mts²), y tienen las siguientes dependencias: Dos (02) habitaciones, Dos (02) baños, una (01) sala-comedor y una (01) cocina, y dos (02) apartamentos en el medio del primer piso, distinguidos con la letra y numero “A-7” y “A-8”, tienen un area de cincuenta metros cuadrados (50 Mts²) y constan de una (01) habitación, un (01) baño, una (01) sala comedor y una (01) cocina. Torre B: esta edificado en area de Doscientos sesenta metros cuadrados (260 Mts²) constituido por dos (02) plantas, Planta Baja y Primer Piso. Planta Baja: consta de cinco (05) apartamentos; Dos (02) Apartamentos laterales, distinguidos con la letra y numero “B-1” y “B-2”, ambos tienen un area de sesenta metros cuadrados (60 Mts²), y tiene las siguientes dependencias: Dos (02) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala comedor y una (01) cocina; y tres (03) Apartamentos en el medio de la Planta Baja, distinguidos con la letra y numero “B-3”, “B-4” y “B-5”, tienen un area de cincuenta metros cuadrados (50 Mts²), y constan de una (01) habitación, un (01) baño, una (01) sala comedor y una (01) cocina. Primer Piso: consta de cinco (05) apartamentos; dos (02) apartamentos laterales, distinguidos con la letra y numero “B-6” y “B-7”, ambos tienen un area de sesenta metros cuadrados (60 Mts²) y tiene las siguientes dependencias: Dos (02) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala comedor y una (01) cocina; y tres (03) Apartamentos en el medio de la Planta Baja, distinguidos con la letra y numero “B-8”, “B-9” y “B-10”, tienen un area de cincuenta metros cuadrados (50 Mts²), y constan de una (01) habitación, un (01) baño, una (01) sala comedor y una (01) cocina. Todos los apartamentos tienen una altura de Dos metros con setenta centímetros (2,70Mts); los apartamentos en el primer piso de las Dos (02) Torres, tienen techo de machihembrado impermeabilizado, todos los apartamentos de las dos (02) torres, de ambas plantas, tienen piso de cerámica, paredes frisadas y empastadas, los baños tienen piso y paredes de cerámica, el area de cocina tiene mesones con tope de granito, fregaderos y gabinetes de madera, las puertas de los baños son en madera entamboradas, las puertas de las habitaciones son de madera empapeladas, las puertas principales son de madera empapelada y tienen rejas protectoras; todos los apartamentos tiene tableros principales de electricidad provenientes de banquillas subterráneas, tienen todas las instalaciones eléctricas y de aguas blancas y negras, tiene un (01) tanque subterráneo de veinte mil litros (20.000 lts), que surte de agua a través de un hidroneumático de ciento cuarenta (140) galones. Cada torre tiene como acceso una escalera de concreto con barandas de chaguaramo prefabricado, balaustra desde el pasillo hasta abajo. Hay un (01) area de estacionamiento en el medio de las dos (02) torres, el cual tiene una superficie de Cuatrocientos cincuenta metros (450 Mts), con una entrada de acceso con portón enrejado eléctrico y una puerta al lado del portón para entrada y salida peatonal. Todo el area esta rodeada de paredones de bloque frisado, con una altura de tres metros (3 Mts). A cada apartamento de ambas torres le corresponde un puesto de estacionamiento.- El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Andry José Hernández Tovar y Yulismar Del Valle Becerra Salazar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-18.680.392 y V-17.162.918, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano: Ayman El Rayes El Rayes, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase
LA JUEZ,

ABG. ARELIS MORILLO SANCHEZ
Suplente Especial

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ.