REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-L-2010-000682
MONTO: Bs. F 18.000,00

SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por la ciudadana THIBISAY LOPEZ VASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A Nº 122.646, en su carácter de apoderada judicial del Ciudadano JOSE RAFAEL LOPEZ ROSAL, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.216.112, según poder Apud Acta que riela a los autos, por una parte y por la otra, la empresa PUBLICIDAD VEPACO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de Junio de 1.998, bajo el No. 69, Tomo 93-A-Pro, representada por la abogado SOLANGE BARBOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 114.662, en su carácter de apoderada judicial de la misma, según documento poder que riela a los autos; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento. El archivo judicial del expediente se ordenara cuando se le de cumplimiento total a los pagos acordados. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veinte (20) días del mes de Octubre del dos mil diez (2010).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Maribi Yanez.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Maribi Yanez.