REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince (15) de octubre de dos mil diez
200° y 151°
Acta de Audiencia (Desistimiento)
ASUNTO: BP02-L-2009-000151
DEMANDANTE: La ciudadana ROSELYS SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.836.022.
ABOGADOS APODERADOS DEL ACTOR: Los abogados VÍCTOR GUEDES y RAFAEL NATERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 63.651 y 55.192.
DEMANDADAS: WELL STAFF INTERNATIONAL y solidariamente la EMPRESA MIXTA PETROCEDEÑO, S.A.
ABOGADOS DE LAS DEMANDADAS: Los abogados HECTOR RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 109.003, por WELL STAFF INTERNATIONAL y ADELICIA BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.276 por EMPRESA MIXTA PETROCEDEÑO, S.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, quince (15) de octubre de 2010, siendo las nueve (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que solo comparece la abogada ADELICIA BETANCOURT, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 69.276 por EMPRESA MIXTA PETROCEDEÑO, S.A., así mismo se deja constancia que no comparece la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151° y 200°.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Maribí Yánez.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 12:02 p.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Maribí Yánez.
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