REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
EXPEDIENTE: BP02-L-2008-000843
DEMANDANTE: JOSE CARBALLO
DEMANDADA: PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES BENFICA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de octubre de dos mil diez (2010), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales, incoado por el ciudadano JOSE CARBALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.488.347, contra la empresa PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES BENFICA, C.A. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal conforme a la Ley, habiendo comparecido las abogadas YOLIMAR ROJAS y YRAMARY SARMIENTO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 100.813 y 137.962, respectivamente, actuando como apoderadas judiciales de la demandada PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES BENFICA, C.A., tal y como se evidencia de instrumento poder, el cual presenta en este acto en copia certificada. Asimismo de deja constancia que no compareció la parte actora al presente acto ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que resulta forzoso para este Juzgado declarar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESISTIDO y TERMINADO el procedimiento de cobro de prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Es todo., terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza
Abg. María Carmona Ainaga
Apoderadas de la demandada,
La Secretaria,
Abg. Argelia Rodríguez.
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