REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho (08) de octubre de dos mil diez (2010)
200° y 151°
ASUNTO: BP02-R-2010-000546
PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: JOSE FELIX CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula número 12.968.797.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: JAEBES ROBERT CAMPOS MEDINA, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 103.850.
.PARTE DEMANDADA: TBC BRINADD, C.A, persona jurídica inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de junio de 1993, anotada bajo el número 28, Tomo 113-A, siendo su ultima modificación inscrita en el Registro Mercantil antes mencionado, en fecha 22 de octubre de 2001, quedando anotada bajo el N° 76, Tomo 208-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyó apoderado judicial alguno.
MOTIVO: RECURSO DE APELACION EJERCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE CONTRA SENTENCIA DE FECHA 13 DE JULIO DE 2010 PROFERIDA POR EL TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, SEDE EN LA CIUDAD EL TIGRE
En el día hábil de hoy, ocho (08) de octubre de 2010, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Ysbeth Milagro Ramírez, el alguacil designado. Al evidenciar el tribunal la incomparecencia de la parte demandante recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 13 de julio de 2010, dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY DV-DCR-HC-28, serial No. 175857, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se ordena la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
ABG. CARMEN CECILIA FLEMING H.
LA SECRETARIA
ABG. YSEBTH MILAGRO RAMIREZ
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