REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro (04) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

EXPEDIENTE: BP02-L-2010-000637
DEMANDANTE: ANTONIO JOSE TRAVIESO
DEMANDADA: GUARDIANES TRIPLE R, C.A.
JUICIO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, cuatro (04) de octubre de dos mil diez, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa, contentiva del juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoado por el ciudadano ANTONIO JOSE TRAVIESO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-8.228.585, en contra de la empresa GUARDIANES TRIPLE R, C.A., habiendo correspondido por efecto de la doble vuelta la causa, a este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se anunció el acto conforme a la Ley, no habiendo comparecido las partes a la audiencia, supuesto que se subsume analógicamente dentro de lo previsto en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, razón por la cual forzoso resulta para este juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declarar EXTINGUIDO EL PROCESO y así queda establecido. Siendo las 9:15 de la mañana se cierra este acto. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Se hacen dos ejemplares de esta acta, uno para el expediente y otro destinado al copiador de audiencias llevado por este Juzgado. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza Temporal,


Abg. Analy Silvera




La Secretaria,

Abg. Elaine Quijada.