REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, trece de agosto de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BH06-X-2005-000140

Por cuanto este Tribunal lo considera necesario acuerda dejar SIN EFECTO el oficio Nº 2010-0160, de fecha 13-07-10, en donde se acuerda la entrega de la Libreta de la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-62-0010001205, a nombre de la ciudadana CARMEN ARELYS GUAIQUIRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-14.911.232, en virtud de que la Entidad Bancaria Banco Bicentenario, Agencia Barcelona, incurrió en el error involuntario de depositar erróneamente en dicha Cuenta la suma de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES con 00/100 CTMS (Bs. f 15.000,00), motivo por el cual este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciaciòn de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda dejar sin efecto el mencionado oficio, y asimismo acuerda PRIMERO: Hacerle entrega de las Obligaciones de Manutención atrasadas desde el mes de Septiembre 2008, hasta el mes de Junio 2010, a razón de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES CON 00/100, (Bs. f. 250,00), CADA UNA, incluyendo las Bonificaciones especiales de los meses de Septiembre de 2008, para sufragar gastos escolares, por la suma de MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES CON 00/100, ( Bs. f. 1.664,00), y en el mes de Diciembre de 2009, la suma de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON 23/100, ( Bs. f. 1.466,23), para sufragar gastos navideños del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , haciendo un total de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES con 23/100 ( Bs. f. 4.255,23), los cuales serán descontados de la Cuenta de Ahorros Nº 0007-0088-62-0010001205, del Banco Bicentenario Agencia Barcelona, a nombre de la ciudadana CARMEN ARELYS GUAIQUIRIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-14.911.232. SEGUNDO: Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA.


Dra. ANA JACINTA DURAN.-
EL SECRETARIO SUPLENTE.


Abg. JOEL PEREZ GIL.-.
AJD/LETICIA C.-