REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veinte de octubre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-J-2010-001139
Sentencia definitiva
MOTIVO: Designación de tutor legal.
SOLICITANTE (s): MINERVA JOSEFINA FRANCO DE NEGRON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad nº 3.122.652, y domiciliada en: Calle Bolívar, Casa Nº 13-18, Cayaurima II, Barcelona, estado Anzoátegui.
ABOGADO(a) ASISTENTE: Defensora Publica Nº 3 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta circunscripción Judicial Dra. Martha Aguilera.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MINERVA JOSEFINA FRANCO DE NEGRON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad nº 3.122.652, y domiciliada en: Calle Bolívar, Casa Nº 13-18, Cayaurima II, Barcelona, estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación de su nieta: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) debidamente asistida por la Defensora Publica Nº 3 de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta circunscripción Judicial Dra. Martha Aguilera, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar la designación de tutor legal de la niña, por el fallecimiento tanto del padre como de la madre: AMILCAR RAFAEL NEGRON FRANCO Y CARMEN ISSELE CASTILLEJO, fallecidos en fecha: 21/12/2008 y el 21/12/2001, respectivamente, y quienes fueron portadores de las Cédulas de Identidad Nº 8.262.188 y 6.899.917, respectivamente. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JOSE LUIS GONZALEZ, habiéndose constatado la presencia de los interesados. Concluida y revisadas las pruebas documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, visto que el pedimento a solicitado no es contrario a derecho y se ajusta perfectamente a las disposiciones legales, es por ello que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho los pedimentos formulados y acuerda, en consecuencia PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana MINERVA JOSEFINA FRANCO DE NEGRON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.122.652, y domiciliada en: Calle Bolívar, Casa Nº 13-18, Cayaurima II, Barcelona, estado Anzoátegui, y SEGUNDO: Designar como del tutor legal de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) su abuela paterna MINERVA JOSEFINA FRANCO DE NEGRON, antes identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 308 del Código Civil, ya que la niña carece de representante legal por el fallecimiento de sus padres AMILCAR RAFAEL NEGRON FRANCO Y CARMEN ISSELE CASTILLEJO, fallecidos en fecha: 21/12/2008 y el 21/12/2001, respectivamente, y quienes fueron portadores de las Cédulas de Identidad Nº 8.262.188 y 6.899.917, respectivamente. Y así se decide. Entréguese a las partes interesadas, tantas copias certificadas como requieran.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona. Barcelona, a los veinte (29) días del mes de Octubre del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación
La Jueza,
Abog. Ana Jacinta Durán Velásquez
El Secretario Suplente,
Abg. Joel Pérez Gil
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