REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, cinco de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BH06-X-2001-000083

La suscrita Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, se ABOCA al conocimiento de la presente causa a los fines de su prosecución. Revisada como ha sido la diligencia anterior cursante al folio noventa (90) del cuaderno de medidas y el contenido de la misma; en consecuencia se acuerda: 1) Hacer entrega a la ciudadana EMILIA MAXIMINA HERNANDEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 10.295.675, de la totalidad o sea de la suma de (Bs. 2.092.25), por concepto de las mesadas atrasadas, cuyo monto se encuentra en la cuenta de ahorros N° 0007-0088-62-0010005710 llevada por éste tribunal por ante el Banco Bicentenario (Banfoandes) de ésta localidad, a nombre de la citada ciudadana, madre y representante legal del adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) 2) Librese oficio a la O.C.C de éste Circuito Judicial, a los fines de la entrega de la suma de (Bs. 2.092.25), a la ciudadana EMILIA MAXIMINA HERNANDEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 10.295.675. Todo relacionado con la causa de PENSIÓN DE ALIMENTOS. Se acuerda el cierre del expediente por cuanto no hay más actuaciones que cumplir y su remisión al archivo judicial de éste estado. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Dra. Ana Jacinta Durán
El Secretario

Abg. Joel Pérez Gil
En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.
El Secretario

Abg. Joel Pérez Gil
AJD/J.R.