REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-M-2007-000213

Se contrae la presente causa a la pretensión de Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria) intentada por los abogados Wilmer Díaz Mejía y Ernesto Carinio González, inscritos en el Inpreabogado con los Nros 80577 y 41413, respectivamente, en sus carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Interweld, C.A., contra la empresa Pineda & Pineda Construcciones, C.A., de autos se desprende que desde el día dos (02) de noviembre de 2007, fecha en la cual este Juzgado libró la compulsa a los fines de la citación de la parte demandada, no se le ha dado el impulso procesal a la presente causa, en tal sentido, el Tribunal observa:
Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, en el presente juicio, desde el día arriba señalado, fecha en la cual se estampó la última actuación, hasta el día de hoy, han transcurrido dos (02) años, diez (10) meses y quince (15) días, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo se consumó la perención de la Instancia en el presente proceso.-
En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION de la Instancia en el presente proceso.- Así se decide.-
Se suspende la medida preventiva de embargo, decretada en la presente causa en fecha dieciséis (16) de octubre de 2007.- Así también se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,

Abg. MIRLA MATA ROJAS
En esta misma fecha se dictó y publicó sentencia siendo las 10:35 a.m.- Conste,
LA SECRETARIA,