REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintidós de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BH11-R-2001-000003
ASUNTO: BH11-R-2001-000003

Por auto de nueve de febrero de dos mil uno, se recibieron en este Juzgado actuando como Tribunal de Alzada, actuaciones relacionadas con la incidencia planteada con ocasión del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria), interpusiera el ciudadano GILBERTO AREYÁN contra el ciudadano YSMAEL PÉREZ, y que mediante sentencia interlocutoria declaro procedente la oposición, en consecuencia se suspende la medida de secuestro decretada por el Juzgado del Municipio Anaco de esta Circunscripción Judicial en fecha seis de noviembre del año dos mil.
Ahora bien el Tribunal para decidir observa:
UNICO
En fecha nueve de febrero de dos mil uno, se le dio entrada a la presente causa a este Juzgado actuando como Tribunal de Alzada, y hasta el día de hoy, ha transcurrido más de UN (1) AÑO, sin que las partes hayan ejecutado ningún acto de procedimiento arrojando ello un evidente desinterés en darle continuidad al proceso, por lo que le es forzoso a esta Juzgadora declarar que en este caso ha operado la Perención de la Instancia, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil , que dispone lo siguiente: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”. Así se decide.
DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que en el presente asunto contentivo de la incidencia planteada en el juicio principal que por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria), interpusiera el ciudadano GILBERTO AREYÁN contra el ciudadano YSMAEL PÉREZ, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de UN AÑO sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, desde el dos de agosto de dos mil cinco hasta la presente fecha, y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Bájese el expediente a su tribunal de origen en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil diez. Años. 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
EL SECRETARIO Acc


Abog. NOEL ROJAS

En la misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.) se dictó, publicó y agregó la anterior decisión al ASUNTO Nº BH11-R-2002-000008.- Conste.

EL SECRETARIO Acc


Abog. NOEL ROJAS