REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2008-000948
SENTENCIA
PARTE ACTORA: SIMON BLANCO, OMARQUI HURTADO, YURAIMA SIFONTES, ROSAURA GOLDCHEID, LUIS SIFONTES, MARIBEL MALENO, JUANA MERIDA, MARIA SIFONTES, LUISA MERIDA y FRANCISCO LOVERA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 15.678.062, 12.980.164, 7.263.472, 15.952.682, 20.360.532, 8.298.355, 15.221.092, 13.169.900, 15.527.239 y 8.252.315 respectivamente.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RAUL MEZA CASTRO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Nº 75.534
PARTES DEMANDADAS: SOCIEDAD CIVIL PALMICHAL y CONSEJO COMUNAL SANTA BARBARA.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Por PALMICHAL, el abogada ORLANDO PULIDO, inscrito en el I.P.S.A Nº 114.486
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, dieciséis (16) de Septiembre del 2010, siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia que las partes actoras no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la presencia de la representación legal de la SOCIEDAD CIVIL PALMICHAL, el abogada ORLANDO PULIDO, inscrito en el I.P.S.A Nº 114.486. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérr
EL Presente
Abg. Orlando Pulido I.P.S.A Nº 114.486
La Secretaria
Abg. Ysbeth Milagro Ramirez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11:25 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Ysbeth Milagro Ramírez
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