REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintidós de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: BP02-S-2008-000262

Vista la diligencia de fecha 16 de Junio del año 2009, suscrita por la ciudadana ELENITZA DEL VALLE ROBLES, venezolana, mayor de edad, titular e la cédula de identidad No. 10.285.836, debidamente asistida por la Abogada MERIBEN PORTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social el Abogado bajo el No. 122.533, cursante a los folios cincuenta y siete (57) del presente expediente, y visto igualmente que el joven (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , venezolano, ha cumplido su mayoría de edad; en consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda y ordena de conformidad hacer entrega al antes identificado joven, la totalidad del dinero, comprendido por un monto de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. F 19.846,88), que le corresponde por haber alcanzado su mayoría de edad, en fecha 06 de Junio del presente año, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática de su partida de nacimiento y cédula de identidad, las cuales están insertas al presente expediente, cuyo dinero se encuentra depositado en la cuenta de ahorros No. 0007-0088-68-0060073871, a nombre del prenombrado joven, en el Banco Bicentenario. Y así se decide.
JUEZ UNIPERSONAL SALA No. 02


DRA. ANA JACINTA DURAN

EL SECRETARIO SUPLENTE


ABG. JOEL PEREZ GIL
AJD/RL.-