REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintitrés de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: BP02-S-2008-002417

Por recibido la anterior solicitud No. BP02-J-2010-000880, presentada por parte del Jefe del Fondo de Prestaciones Sociales del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, en la cual consigna cheque No. 14002584, a favor de la ciudadana MAIRE ANABEL MAITA GALEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.571.041, en representación de sus hijos (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) constante de un (01) folio útil y tres (03) anexos, désele entrada; en consecuencia por cuanto éste Tribunal observa que el mencionado expediente, guarda relación con el presente expediente de DISPOSICION DE BIENES; en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, ACUERDA acumular el expediente arriba identificado, al presente asunto, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 51 y 77 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, visto el cheque consignado arriba identificado, éste Tribunal ACUERDA hacer entrega del mismo a la ciudadana MAIRE ANABEL MAITA GALEA, anteriormente identificada, en tal sentido, se acuerda oficiar a la Oficina de Control y Consignación (OCC) adscrita a éste circuito Judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ


ABG. ANA JACINTA DURAN

EL SECRETARIO SUPLENTE,


ABG. JOEL PEREZ GIL.


AJD/jlm.-