REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 7 de abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-001394
ASUNTO : BP01-P-2006-001394

Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra de los ciudadanos ASTRID DEL VALLE GUERRA, HEIDI JOSEFINA GUERRA, EUGENIO ANTONIO GARCIA y RUBEN ALEXANDER PEREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 14.316.490, 15.036.142, 15.910.083 y 10.172.738, en su orden, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 413 en relación con el Articulo 424 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ROSA MARGARITA RODRIGUEZ, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:

En fecha 21 de marzo de 2011, el Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos ASTRID DEL VALLE GUERRA, HEIDI JOSEFINA GUERRA, EUGENIO ANTONIO GARCIA y RUBEN ALEXANDER PEREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 14.316.490, 15.036.142, 15.910.083 y 10.172.738, en su orden, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 413 en relación con el Articulo 424 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ROSA MARGARITA RODRIGUEZ, de conformidad a lo establecido en el Artículo 45 en concordancia con el Artículo 48º Ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 318 Ordinal 3º Eiusdem.

Ahora bien, definitivamente firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta el Sobreseimiento de la Causa y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos ASTRID DEL VALLE GUERRA, HEIDI JOSEFINA GUERRA, EUGENIO ANTONIO GARCIA y RUBEN ALEXANDER PEREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 14.316.490, 15.036.142, 15.910.083 y 10.172.738, en su orden, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 413 en relación con el Articulo 424 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ROSA MARGARITA RODRIGUEZ. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01

DRA. NEREIDA REYES ALFONZO
LA SECRETARIA

ABG. MARIA NERI DE M.