REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de abril de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: BP02-M-2010-000195
Visto el anterior escrito de Convenimiento, presentado en fecha 05 de abril de 2011, por el Abogado ALEJANDRO SCUDIERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.112, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DAVID RAFAEL DIAZ MATOS, titular de la cédula de identidad Nro. 6.209.072 parte actora en la presente causa, por una parte, y por la otra, el ciudadano HECTOR RAMON RONDON PALACIOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 14.213.706, asistido en este acto por la Abogada YACCENIA VARGAS MACO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 147.788, parte demandada en la presente causa; el Tribunal, por cuanto la solicitud contenida en el mismo no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito por las partes, en los mismos términos y condiciones establecidos en el señalado escrito.- Asimismo se ordena expedir dos (02) copias certificadas del presente escrito de convenimiento, así como de su Homologación, todo de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y 1º de la Ley de Sellos.- Igualmente se por terminado y se ordena remitir al Archivo Judicial.- Así se decide.-
Publíquese. Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, En la ciudad de Barcelona, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil once (2011).-
La Juez Provisoria,
Abog. Adamay Payares Romero El Secretario,
Abog. Jairo Daniel Villarroel
En esta misma fecha, siendo las once y treinta y ocho (11:38 a.m.) de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.- Conste.-
El Secretario,
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