ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2010-001047
PARTE ACTORA: RAMON ARISTIDES SABINO. No compareció.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARINA CASTILLO ABAD. No compareció.
PARTE DEMANDADA: CADAFE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DORIS ZABALETA.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy cinco de abril de dos mil once, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES que interpusiere el ciudadano RAMON ARISTIDES SABINO, en consta de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (C.A.D.A.F.E.), ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, aún cuando el ciudadano Alguacil procedió a realizar el llamado de Ley entre las partes, solo compareciendo la Abogado en ejercicio DORIS ZABALETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.8.315.260, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.31.452, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (C.A.D.A.F.E.), representación que se evidencia de instrumento Poder el cual consigna en este acto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 200 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria Temporal,


Abg. Olga Carolina Manero.

La compareciente,


Seguidamente y en esta fecha, siendo las 10:15, a.m., se publico la anterior decisión. Conste:

La Secretaria,

MJCG/OCM.-