En el día de ayer Jueves Veintiocho (28) de Abril del presente año (2011), el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se trasladó y se constituyó por el tiempo que fuere necesario siendo las (10:47 AM) y de conformidad con lo solicitado, en la sede del "BANCO VENEZOLANO DE CREDITO, BANCO UNIVERSAL, AGENCIA EL TIGRE, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Intercomunal El Tigre-San José de Guanipa, del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui; en compañía del Abogado en Ejercicio CARLOS HAYNES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 86.958 a los fines de darle continuación a la practica la presente MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, la cual fue decretada por el JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con Sede en la ciudad de El Tigre, relacionada con el Juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, formulado por el ciudadano JOSÈ DÌAZ, titular de la Cedula de Identidad Numero: V-8.246.903, contra la Sociedad Mercantil LINDSAY, C.A. Seguidamente el Tribunal presente en el referido sitio, procede en éste acto a notificar a la ciudadana: MILBIDA CHARMEL LOPEZ, titular de la Cedula de Identidad No. V- 11.659.454 , de la misión del Tribunal, quien manifestó tener el cargo de Gerente del referido Banco. En éste estado interviene el Abogado en Ejercicio CARLOS HAYNES, antes identificado, y expone: "Solicito al Tribunal sea solicitado a la notificada, si la Sociedad Mercantil LINDSAY, C.A, posee cuenta en ésta entidad bancaria, la cual suministraremos al Tribunal en su oportunidad y si de tener cuenta y dinero en ella, solicitar si la cuenta posee hasta cubrir la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES EXACTOS, (Bs. 47.000,oo), es todo". En èste estado el Tribunal procede solicitarle a la notificada, si la Sociedad Mercantil LINDSAY, C.A, posee cuenta en ésta entidad bancaria, la cual es la siguiente: (0104-0053-81-0530049175), y si de tener cuenta y dinero en ella, solicitar si la cuenta posee hasta cubrir la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES EXACTOS. Seguidamente informa al Tribunal la notificada, antes identificada, que la Sociedad Mercantil LINDSAY, C.A si posee cuenta en ésta entidad bancaria, y si tiene la cantidad de (Bs. 47.000,oo), es todo". En éste estado interviene el Apoderado Judicial de la parte actora, CARLOS HAYNES, antes identificado y expone:" En virtud de que la Sociedad Mercantil LINDSAY, C.A, tiene cuenta y la misma posee la referida cantidad, solicito al Tribunal sea embargada ejecutivamente la cantidad de (Bs. 47.000,oo) y ordene emitir cheque de gerencia a nombre de mi representado, ciudadano: JOSÉ DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.246.903, es todo". En éste estado el Tribunal de conformidad con lo solicitado, declara "EMBARGADO EJECUTIVAMENTE", la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES EXACTOS, (Bs. 47.000,oo), el cual deberá ser remitido a través de Cheque de Gerencia, a la mayor brevedad posible y a nombre del trabajador ciudadano: JOSÉ DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 8.246.903. Seguidamente la notificada, consigna en éste acto Cheque de Gerencia, Nro (00026263), de fecha: (28-04-2011), por la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL BOLIVARES EXACTOS, (Bs. 47.000,oo), a nombre del ciudadano: JOSÉ DÍAZ, contra la cuenta corriente Nro. ( 0104-0053-88-2530033313 perteneciente al banco Venezolano de Credito, Oficina El Tigre, es todo". El Tribunal cumplida su misión, acuerda el regreso a su sede principal, siendo las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 pM). Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR, ABG. LUISA VILCHEZ GARCIA, (Fdo Ilegible),
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA, ABG. CARLOS HAYNES (Fdo. Ilegible),
LA NOTIFICADA, MILBIDA CHARMEL, (Fdo. Ilegible),
LA SECRETARIA TITULAR, ABG. DAISY MARQUÉZ YÁNEZ.