REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 6 de diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2011-009836
ASUNTO : BP01-P-2011-009836

Visto el escrito presentado por el DR. LUIS FERNANDEZ PALMARES RIVAS, actuando con el carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, en contra del ciudadano ANDRY JOSE SAAVEDRA MARCANO, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, estado Anzoátegui, titular de la identidad Nº V- 244.799.728, de 19 años de edad, nacida en fecha 25/11/1991, residenciado en Calle Nº 09, vereda 29, Nº 30, Sector Boyacá III, Barcelona Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el ordinal 1º del articulo 406 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano LUZARDO PAEZ DELVIS GREGORIO, en consecuencia, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:

LOS HECHOS

En fecha 10 de enero del ano 2011, aproximadamente a las 09:00 de la mañana, se recibió llamada telefónica del centralista de guardia de la policía del policía del estado Anzoátegui, informando que en la calle D, frente a la pasarela 10, zona industrial los montones de esta ciudad se encontrado el cuerpo de una persona de sexo masculino presentando heridas presuntamente causadas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, desconociendo mas datos al respeto por lo que se inicia la averiguación signada con el nomenclatura I583302, instruida por la presunta comisión de uno de los delitos contra las personas, se trasladaron al sitio de los sucesos los funcionarios agente cesar Figueredo José Pérez, una vez en el lugar el agente Jesús zapata indicio en sitio exacto donde se encontraba el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino en posición de cubito abdominal y sobre un charco de sangre, quien presentaba las siguientes características fisonómicas piel blanca cabello de color negro y adyacente al mismo se logro apreciar una concha de de bala calibre 9mm dicha escena fue debidamente fijada fotográficamente el funcionario JOSE Pereciendo las 09:00 horas de la procedió a efectuar respectiva inspección técnica de de ley, seguidamente se efectúo un recorrido por el sector en busca de una persona que tuviese conocimiento del hecho, lográndose sostener una entrevista con ciertos moradores y transeúntes de la zona, quienes negaron identificarse por miedo a futuras retaliaciones, informando que según comentarios de los habitantes de la zona, dicho cadáver se encontraba en el lugar desde las 12:30 de la madrugada, del día de hoy, desconociéndose como se suscitaron los hechos, asimismo dieron a conocer que tal victima no es del sector por cara no es conocida, procede practicar la remoción del cadáver para trasladarlo hasta la morgue del hospital Luis Razetti de esta ciudad, con la finalidad de 1que se le practiquen respectiva autopsia de ley, una vez en el lugar de los funcionarios fueron recibidos el auxiliar de Anatomopatólogo, forense OSCAR SANCHEZ, quien le efectúo inspección técnica de ley con juntamente con el funcionario José Pérez, informando que el cadáver presentaba una herida de la región frontal derecha, otra en la región temporal izquierda, otra en la cara posterior del muslo de la pierna izquierda, todas estas causadas por el paso del proyectil, disparadas por el arma de fuego, cabe destacar que en el atuendo que portaba el hoy occiso no se logro hallar ningún tipo de documentación que revelara la identificación del mismo, se deja constancia que la vestimenta del cadáver relacionada con la presente fue colecta como evidencia de interés criminalística en Pro de futuros análisis en el área de la laboratorio de criminalística, se consigno la presente acta.
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II
DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Iniciada la investigación, se lograron recabar los siguientes elementos que a continuación se mencionan:

1.- TRANSCRIPCION DE NOVENA de fecha 10/01/2011.

2. – ORDE DE INICIO de fecha 10/01/2011, iniciada por uno de los delitos Contra las Personas ( Homicidio) donde aparece como Victima DELVIS GREGORIO LUZARDO PAEZ.

3.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 10/01/2011.

3.- INSPECCION TECNICA POLICIAL de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE y CESAR JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona. INSPECCION

4.- INSPECION TECNICA POLICIAL Nº 95, de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE y CESAR JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

5.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL Nº 19, de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

6.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL Nº 21, de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona

9.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario JESUS URBINA VARGAS, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona

10.- INSPECCION TECNICA `POLICIAL Nº 100, de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

10.- EXPERTICIE DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL Nº 20, de fecha 10/01/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

11.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11/01/2011, suscrita por el funcionario Detective JOHAN PEREZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona

12.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/01/2011, tomada a la ciudadana CLEMENTE BARRIOS WILMA CRISTINA.

13.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 11/01/2011, suscrita por el funcionario Detective JOHAN PEREZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

14.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/01/2011, tomada al ciudadano TINEO ROJAS MARCOS ANTONIO.

15.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/01/2011, tomada al ciudadano RODRIGUEZ HENRIQUE AKIHITO DE JOSE.

17.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 14/01/2011
suscrita por el funcionario Detective JOHAN PEREZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

18.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 15/01/2011, suscrita por el funcionario Detective JOHAN PEREZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

19.- ACTA DE INVESTIGACION PENAL, de fecha 25/01/2011, suscrita por el funcionario Detective JOHAN PEREZ, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.

20.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO TECNICO LEGAL Nº 111, DE FECHA 24/02/2011, suscrita por el funcionario PEREZ JOSE, Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas sub. Delegación Barcelona.


Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano ANDRY JOSE SAAVEDRA MARCANO, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, estado Anzoátegui, titular de la identidad Nº V- 244.799.728, de 19 años de edad, nacida en fecha 25/11/1991, residenciado en Calle Nº 09, vereda 29, Nº 30, Sector Boyacá III, Barcelona Estado Anzoátegui, por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el ordinal 1º del articulo 406 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano LUZARDO PAEZ DELVIS GREGORIO, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.





DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ANDRY JOSE SAAVEDRA MARCANO, Venezolano, natural de Puerto la Cruz, estado Anzoátegui, titular de la identidad Nº V- 244.799.728, de 19 años de edad, nacida en fecha 25/11/1991, residenciado en Calle Nº 09, vereda 29, Nº 30, Sector Boyacá III, Barcelona Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 405, en concordancia con el ordinal 1º del articulo 406 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano LUZARDO PAEZ DELVIS GREGORIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 05, DE GUARDIA

DR. RAQUEL BOLIVAR
LA SECRETARIA DE GUARDIA

ABOG. SIMON ZAMBRANO