REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 13 de diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-003856
ASUNTO : BP01-P-2008-003856
Recibida la presente causa seguida al ciudadano JHONATAN ALBERTO MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.491.062, Soltero de 26 años de edad, nacido en Guanta en fecha 27/11/1981, de profesión u oficio Lavador de carro, hijo de los ciudadanos Jhonny García y Edilia Martínez, residenciado en Detrás de la Clínica Zambrano, callejón campo alegre, Barrio Buenos Aires casa Nº 65 Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: PEDRO BERNALDO LANZA RONDON; éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución a los fines de decidir observa:
En fecha 11 de noviembre de 2011, el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, dicto sentencia ABSOLUTORIA, al ciudadano JHONATAN ALBERTO MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.491.062, Soltero de 26 años de edad, nacido en Guanta en fecha 27/11/1981, de profesión u oficio Lavador de carro, hijo de los ciudadanos Jhonny García y Edilia Martínez, residenciado en Detrás de la Clínica Zambrano, callejón campo alegre, Barrio Buenos Aires casa Nº 65 Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: PEDRO BERNALDO LANZA RONDON, conforme al contenido del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución ejecuta la Sentencia Absolutoria de la Causa y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA de fecha 11 de noviembre de 2011, dictada en la causa seguida al ciudadano: JHONATAN ALBERTO MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.491.062, Soltero de 26 años de edad, nacido en Guanta en fecha 27/11/1981, de profesión u oficio Lavador de carro, hijo de los ciudadanos Jhonny García y Edilia Martínez, residenciado en Detrás de la Clínica Zambrano, callejón campo alegre, Barrio Buenos Aires casa Nº 65 Barcelona, Estado Anzoátegui, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: PEDRO BERNALDO LANZA RONDON. Notifíquese a las partes. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ PRIMERA DE EJECUCIÓN
DRA. NEREIDA REYES ALFONZO
EL SECRETARIO
ABG. HECTOR MUSSO
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