REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, siete de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-000877
ASUNTO: BP12-S-2011-000877

Vista la solicitud presentada por el ciudadano OMAR ALVAREZ, mayor de edad, venezolana Titular de la Cédula de Identidad Nº 23.512.717, y domiciliado en la Sexta Carrera Sur casa N° 50,Sector Valle Guanipa, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120, donde manifiesta se les conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Sexta carrera Sur casa N° 50, sector Valle Guanipa, Vereda de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que mide CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (482,72,00Mts) con un área de construcción de de CIENTO DIECISIETE METROS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (117,51Mts),.-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con Taller El Tigre, midiendo Cuarenta y nueve metros con cincuenta y siete centímetros (49.57Mts),SUR: Con Sexta carrera Sur, midiendo Cuarenta y nueve metros Cuadrados (49,00Mts), ESTE: Con áreas verde midiendo Cinco metros (05,00Mts),OESTE: Con propiedad que es o fue de Omar Marin,midiendo Doce metros (12,00Mts).-Dichas bienhechurias están estructuradas de la siguiente manera: Una casa consistente de bases de concreto y cabilla, paredes de bloques, techo de Zinc, piso de cerámicas distribuida de la siguiente forma: Tres (3) Habitaciones, Una (1) Sala-comedor, Una (1)cocina, Un(1) Baño.-En dicha construcción he invertido la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES, (BSF.10.000,00) equivalente a CIENTO CINCUENTA Y CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS (154 UT).- Y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: ALEXIS ALVAREZ ORTIZ Y WILSON PARRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-14.188.551.19.034.524 respectivamente, éste tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD al ciudadano: OMAR ALVAREZ,ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

ABG, FLOR YESENIA CUESTA G,