REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, siete de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2011-001072
ASUNTO: BP12-S-2011-001072

Vista la solicitud presentada por el ciudadano EDUARDO KENNETH MATHISON PEREZ, mayor de edad, venezolano Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.641.153, domiciliado en la Calle Morichal casa N° 20 sector 17 de Diciembre ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado JESUS BERMUDEZ RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 84.994, donde manifiesta se les conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en calle en proyecto (SIDETUR) de la zona Industrial de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que mide DOS MIL OCHOCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS (2.804Mts).-Cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con calle en proyecto (SIDETUR), que es su frente, SUR: Con terreno Municipal, ESTE: Con franja de protección de línea de gas; OESTE: Con calle en proyecto.-Dichas bienhechurias están estructuradas de la siguiente manera: Una cerca de paredes de bloques de cemento, con dos (2) Oficinas techadas de platabanda, piso de cerámica, ventanas de hierro con vidrios, puertas de hierro, Un (1) Pozo séptico.- En dicha construcción he invertido la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES, (BSF200.000,00)equivalente a DOS MIL SEISCIENTAS TREINTA Y DOS UNIDADES TRIBUTARIAS (2.632UT)) Y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: OSCAR DE JESUS BERMUDEZ OCA, Y LUIS JOSE SANCHEZ NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-315.014.615 V-20.737.855, respectivamente, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO de PROPIEDAD al ciudadano EDUARDO KENNETH MATHISON PEREZ, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ





LA SECRETARIA,

ABG, FLOR YESENIA CUESTA G,