REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-S-2011-002757
MONTO: Bs. F 5.000,00

SENTENCIA

Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano OSCAR MANUEL MARTINEZ MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.802.844, debidamente asistido por la abogado MARIA BELEN ROJAS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 116.087, por una parte y por la otra, la empresa INVERSIONES ISGURE C.A, inscrita en el Registro Mercantil Cuarta de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 12 de Julio del año 2005, bajo el No. 73, Tomo 60-A, representada por su el Ciudadano DEYBIS JOSE ALBARRA, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.541.174, debidamente asistido por el abogado LUIS ABRAHAM GARCIA, I.P.S.A, Nº 116.105; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los dos (02) días del mes de Diciembre del dos mil once (2011).
El Juez,


Abg. Ángel G. Parra


La Secretaria,

Abg. Evelin Lara Garcia.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,


Abg. Evelin Lara Garcia.