REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-S-2011-002906
MONTO: Bs. F 1.190,00
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano JOSE ALBERTO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.732.330, debidamente asistido por la abogado JOHANNA J. MADRIZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 147.899, por una parte y por la otra, la Ciudadana MARIA MAGDALENA PARRA DE CEDEÑO, titular de la Cedula de Identidad Nº 2.815.333, en su carácter de Vicepresidente de la empresa ALIMENTO P&C COMPAÑÍA ANONIMA, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 01 de Marzo del 2005, bajo el No. 04, Tomo A-15, debidamente asistida por el abogado EDUIN JOSE ARANDA MOY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.129; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintiún (21) días del mes de Diciembre del dos mil once (2011).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Zaida Lopez Brito.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Zaida Lopez Brito.
|