REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: BP02-R-2011-000727

PARTE DEMANDANTE: TONY ABRAHAN HASCOUR FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 14.082.984
APODERADOS JUDICIALES DE PARTE DEMANDANTE: JOSE GREGORIO ATHUR CENTENO; JAEBES ROBERT CAMPOS MEDINA y ORLANNY CRUZ VERACIERTA PEREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.946, 103.850 Y 119.107, respectivamente.
PARTE DEMANDADA y RECURRENTE: CNPC SERVICES VENEZUELA LTD, S.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de agosto de 2001, bajo el Nro 67, Tomo 575-A-Qto.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: YARISMA LOZADA, YACARY GUZMAN, SAYURI RODRIGUEZ, MAYRA RODRIGUEZ, GRIDELAINE LIRA, ARNELSA RAVELO y KARELYS CHACON, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 29.610, 71.447, 86.704, 36.894, 120.556, 101.343 y 101.328, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONTRA DECISIÓN DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2011, EMANADA DEL JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARCELONA.


En el día hábil de hoy, catorce (14) de diciembre de dos mil once (2011), siendo las 10:15 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa. Se deja constancia que se encuentra presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal, Abg. Yirali Quijada, y el alguacil designado. Al evidenciar el tribunal la incomparecencia del recurrente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y recurrente contra decisión de fecha 11 de noviembre de 2011, emanada del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre. De igual manera, se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY DCR-HC 96, serial No. 702696 manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano EULISES ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° 10.295.320. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta así como dejarse copia certificada de la misma. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.


La Secretaria

Abg. Yirali Quijada