REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, trece de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BH06-X-2009-000030
La Suscrita Juez, DRA. AMERICA FERMIN, se Aboca, al conocimiento de la presente causa contentiva del procedimiento de Obligación de Manutención, a los fines de la continuidad de la misma, Y vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana YANITZA CAROLINA HERNANDEZ AREVALO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-12.968.352, actuando en representación de su hija (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , asistida por la Defensora Pública Primera de Protección del Estado Anzoátegui, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, en la cual solicita se le haga entrega de la totalidad del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros Nº 1750088100060358116, llevada en la Agencia bancaria Banfoandes, actualmente Bicentenario, la cual asciende a la suma de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 2.289,47), mas los interese generados, para ciubrir los gastos Decembrinos. En tal sentido, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, acuerda hacer entrega a la referida ciudadana la cantidad antes descrita, depositada en la Cuenta de Ahorros citada. Por cuanto en la referida Cuenta quedara un activo de Cero (0) Bolívares. Se acuerda el cierre del respectivo Expediente y su remisión al Archivo Judicial.- Asimismo se acuerda oficiar a la Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines de dar cumplimiento a lo arriba indicado. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ TEMPORAL.-
DRA. AMERICA FERMIN.-
LA SECRETARIA ACC.
T.S.U CLARA ASTUDILLO.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA ACC.
T.S.U. CLARA ASTUDILLO.
AF/CA