REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona
Barcelona, veintiuno de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: BP02-S-2008-005528.
De la revisión de las anteriores actuaciones que conforman el presente asunto, me aboco al conocimiento de la causa, a los fines de la prosecución de la misma. Vista la diligencia de fecha 12/12/2011, suscrita por la ciudadana BELKIS JOSEFINA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.472.359, debidamente asistida por la abogada en ejercicio RAQUEL JOSEFINA CONOTO REINALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 139.077, mediante la cual solicita que le sean entregados los cheques que fueron consignados por la empresa ZURICH SEGUROS S.A., y que le corresponden a los adolescentes (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) siendo que su hijo MARTIN EDUARDO GARCIA PEREZ, ya alcanzó la mayoría de edad, y visto igualmente que el referido joven ha cumplido su mayoría de edad tal y como se evidencia en el acta de nacimiento cursante al folio ochenta y dos (82) del presente expediente, el cual nació en fecha 26/11/2011; en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda y ordena de conformidad, hacer entrega al joven ciudadano MARTIN EDUARDO GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-24.519.249, de la totalidad del dinero que asciende al monto de CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TRES BOLIVARES FUERTES CON 67/100 (Bs.f 44.603,67), que le corresponde por concepto de la CUOTA PARTE como heredero de su padre el ciudadano MARTIN JOSE GARCIA CARRASCO, en virtud de haber alcanzado su mayoría de edad, en fecha 26/11/2011, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática de su partida de nacimiento, la cual está inserta al presente expediente, cuyo dinero se va a debitar del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros 1750088150060867392, a nombre de la ciudadana BELKIS JOSEFINA PEREZ, arriba plenamente identificada, en el Banco Bicentenario. Se ordena oficiar a la Oficina de Control y Consignación de este Tribunal, para el cumplimiento de lo aquí ordenado. Cúmplase. Y así se decide.
LA JUEZ TEMPORAL.
ABOG. AMERICA FERMIN.
LA SECRETARIA.
ABOG. LOURDES CASTILLO.
AF/ZG.
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