REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, quince de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: BH17-V-2006-000001
ASUNTO: BH17-V-2006-000001


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

DEMANDANTE: MERCIS COROMOTO ESPINET venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V- 8.972.936
DEMANDADO: EDUARDO JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-8.459.314
BENEFICIADA: VISANTIS ALEJANDRA RUIZ ESPINET, titular de la cedula de identidad V.- 18.229.858, actualmente de veintitrés (23) años de edad.

Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, la suscrita ABG. SULEIMA PEREZ GARCIA, Juez de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre. Se AVOCA al conocimiento del presente procedimiento, y en virtud de la entrada en vigencia la reforma de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en la cual se establece entre otros aspectos un Nuevo Régimen Procesal con la competencia señalada en los Artículos 177 y los procedimientos a seguir en relación a la Jurisdicción Voluntaria y Contenciosa entre otros. En consecuencia, tratándose el presente asunto de una demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoado por la ciudadana MERCIS COROMOTO ESPINET venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V- 8.972.936, actuando a favor de VISANTIS ALEJANDRA RUIZ ESPINET, titular de la cedula de identidad V.- 18.229.858, en contra del ciudadano EDUARDO JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-8.459.314, y vistos el escrito de fecha 07/12/2012, suscrito por el abogado RAFAEL LOPEZ LARA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 31.459, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO JOSE RUIZ, identificado en autos, y el pedimento por el formulado, por cuanto este tribunal observa que la beneficiada del mismo, ciudadana VISANTIS ALEJANDRA RUIZ ESPINET, titular de la cedula de identidad V.- 18.229.858, actualmente es mayor de edad, con veintitrés (23) años de edad y esta casada, tal como se desprende de su cedula de identidad, y visto así mismo, que de autos de desprende que el ciudadano EDUARDO JOSE RUIZ, antes identificado solicitó la Extinción de la obligación de manutención, conforme a la excepción establecida en el artículo 383 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en tal sentido éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial no tiene competencia para seguir conociendo de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 y 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda dar por terminado la presente causa; así mismo se acuerda dejar Sin Efecto las medidas acordada por el extinto Tribunal de Protección de Primera Instancia de Protección del Niños y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, en fecha 25 de Mayo del año 2006, por tal motivo se acuerda librar oficio Departamento de Recursos Humanos al Servicio Nacional de Administración Tributaria, a los fines de notificarle la suspensión de las medidas de embargo acordadas en fecha 25/05/2006, según oficio No. TP-1042-06, sobre el sueldo del ciudadano EDUARDO JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-8.459.314, en virtud de que su hija (xxx), actualmente es mayor de edad, con veintitrés (23) años de edad y esta casada. Ciérrese el expediente por cuanto no hay más actuaciones que cumplir. Líbrese oficio al oficio Departamento de Recursos Humanos al Servicio Nacional de Administración Tributaria. Cúmplase lo ordenado.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre.-

LA JUEZA


ABOG. SULEIMA PEREZ GARCIA

LA SECRETARIA TITULAR,


ABOG. MILAGRO MORENO


En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, y se agregó al expediente.-


LA SECRETARIA TITULAR,


ABOG. MILAGRO MORENO