REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui extensión El Tigre
El Tigre, siete de diciembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-J-2011-001617
SENTENCIA DEFINITIVA
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE (s): YGINIA AGUILERA, titular de la cédula de identidad 1.980.288, de este domicilio.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: (xxx)
Vista la solicitud ciudadana formulada por la abogada YEMDY ALCALA SOTILO, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera de protección del Niño, Niña y Adolescente, actuando en representación de la adolescente (xxx) hija de la ciudadana LUZ DAYANA COLMENARES PULIDO, venezolana, titular de la cedula de identidad V.- 12.017.550, domiciliado en la quinta calle norte, casa numero 128, sector pueblo nuevo norte, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, y el ciudadano ARLE RAFAEL ESPINOZA ORDAZ (fallecido), quien era venezolano, titular de la cedula de identidad V.- 10.944.245. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el alguacil JUAN CARLOS MORILLO, habiéndose constatado la presencia de la ciudadana LUZ DAYANA COLMENARES PULIDO, de la abogada YEMDY ALCALA SOTILO, en su carácter de Defensora Publica, de las testigos, se constituyen en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto y Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales y la incorporación y revisión de las pruebas documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, acuerda, en consecuencia: PRIMERO: Se Declara con Lugar la Solicitud presentada por la abogada YEMDY ALCALA SOTILO, en su carácter de Defensora Publica Suplente Primera de protección del Niño, Niña y Adolescente, actuando en representación de la adolescente (xxx), hija de la ciudadana LUZ DAYANA COLMENARES PULIDO, venezolana, titular de la cedula de identidad V.- 12.017.550. domiciliada en la calle Nueva, casa Nº 100 Sector Pueblo a juro El Tigre, y el ciudadano hoy difunto ARLE RAFAEL ESPINOZA ORDAZ (fallecido), quien era venezolano, titular de la cedula de identidad V.- 10.944.245.SEGUNDO: Se DECRETA como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la adolescente (xxx), dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se decide.-
Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y cuantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Cúmplase.
Publíquese, regístrese, déjese, copia certificada en el Tribunal como lo ordena el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los siete (07) días del mes de Diciembre del año dos mil Once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación
LA JUEZA,
ABG. SULEIMA PEREZ GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGRO MORENO
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