REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 18 de enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-002270
ASUNTO : BP01-P-2007-002270
Vista el Acta de Defunción de fecha 22/11/2010, emanado de la Alcaldía del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual Clarines Estado Anzoátegui , suscrita por la Abogada Agustina González Registradora Civil del Municipio Bruzual Estado Anzoátegui la presente Acta de Defunción solicitada por este despacho , mediante el cual remite copia certificada del Acta de Defunción , requerida por este Despacho con oficio 1032/2010, de fecha 28 de Octubre de 2010, este Tribunal a los fines de decidir observa:
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, seguido al acusado EDUARDO JOSE VICENT , por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, HOSTIHAMIENTO, AMENAZA, VIOLENCIA FISICA, ACTOS LASCIVOS Y AGAVILLAMIENTO , en perjuicio de la ciudadana LEANA GEOVANIGNA YAGUARIN GALINDO Y MARIA ALEJANDRA MAURERA , se observa que en fecha 13/01/2010, se recibió comunicación con la misma fecha , emanada de la Alcaldia del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual Clarines Estado, mediante el cual remiten a este Tribunal Acta de Defunción del ciudadano EDUARDO JOSE VICENT , titular de la cédula de Identidad Nro 17.710.320 .
Ahora bien, se observa en la referida Acta de Defunción que el mencionado ciudadano falleció como consecuencia de : ASFIXIA MECANICA, CONSTRICCION DEL CUELLO Y AHORCAMIENTO , según lo certificó la Dra. YOLANDA MORA TOVAR certificado Medico nro 26.973 ; en consecuencia, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la Acción Penal por Muerte del acusado EDUAD JOSE VICENT conforme al artículo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, ordinal 1° Ejusdem. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA por Extinción de la Acción Penal por Muerte del acusado EDUARD JOSE VICENT , titular de la cèdula de Identidad Nro. 17.710.320 conforme al artículo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, ordinal 1° Ejusdem, decisión ésta que una vez definitivamente firme pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada. Cúmplase.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE JUICIO N° 01
DRA. ROCIO RAMOS FLORES
El SECRETARIO
DRA.ANA SOFIA HERNANDEZ
|