REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: BP02-M-2011-000014

Visto el expediente contentivo de la Pretensión de Cobro de Bolívares, intentado por el ciudadano Miguel José García López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.907.390, de este domicilio, asistido por la abogada Narvis Nuñez Bello, inscrito en el Inpreabogado con el N° 91849, contra el ciudadano Baudilio José Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.292.865, domiciliado en el Conjunto Residencial Los Olivos, Torre B, Piso 16, Apartamento 16-2, Calle Buenos Aires, cruce con Calle Montes, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, emanado de la U.R.R.D. Civil del Estado Anzoátegui por distribución, y revisadas como han sido las Actas Procesales que conforman el presente expediente, se observa que cursa a los folios 11, 12 y 13, sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la cual declino la competencia para conocer de la presente causa en razón de la cuantía, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por las consideraciones a que se contrae la decisión mencionada; las cuales este Tribunal las hace suyas.-
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara competente para conocer de la presente acción. Así se declara.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,

Abg. MIRLA MATA ROJAS