REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cuatro de Febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-F-2005-000064
ASUNTO: BP12-F-2005-000064
DEMANDANTE (S): PEDRO RAMON NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.996.573, asistido por el Abogado YADELSY HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.790.-
DEMANDADO (S): ELIZABETH FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.943.732.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
Por cuanto desde el último acto de procedimiento realizado en este expediente, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un (1) año, sin que el demandante haya instado el presente procedimiento, se declara la Perención de la Instancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los cuatro días del mes de Febrero del año dos mil once.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
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