REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, trece de enero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-000951
ASUNTO: BP12-S-2010-000951

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: BRUMILDA JOSEFINA FAJARDO UGAS, mayor de edad, venezolano Titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.656.185 domiciliado en la Calle Las Delicias Número F-06, Las Delicias I, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada YENNIFER WALTERS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.072, donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre un vehiculo bienhechurías que fomento a sus solas expensa con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Las Delicias I, calle Las Delicias Número F-06,de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal, que consta de DOSCIENTOS STENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (279.68 Mts). Cuyos Linderos particulares son los siguientes: NORTE: Maria de Fajardo, midiendo Cuarenta y tres metros con Setenta Centímetros (43.70Mts) SUR: Manuel Herrera, midiendo Cuarenta y Tres metros con Setenta Centímetros (43.70Mts), ESTE: Calle Las Delicias midiendo Seis metros con Cuarenta Centímetros (6.40Mts), OESTE: Gladis de Flores, midiendo Seis metros con Cuarenta Centímetros (6.40Mts). Dichas bienhechurías están constituidas por una casa con paredes de bloques de cemento, friso liso, Techo de Zinc, piso de cemento y cerámica, la cual consta de Una (1) Sala-Comedor, Una (1) cocina, dos (2) habitaciones, dos (2) baños con sus respectivos accesorios.-En dicha construcción he invertido la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (BSF. 25.000,00), equivalente a CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS (455U.T) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos hábiles, ciudadanos: NORKA BEATRIZ GUTIERREZ ALVERA Y JESUS MANUEL MATA MARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Números:V-14.641.629,y V-5.991.498, respectivamente, este Tribuna Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceras personas declara TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana BRUMILDA JOSEFINA FAJARDO UGAS.-ya identificada en las bienhechurías antes descritas en la presente solicitud, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA

Se devuelven constante de ( ) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,