REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecisiete de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001289
ASUNTO: BP12-S-2009-001289
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: DAMARIS DEL VALLE MARTELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.814.963, de este domicilio, asistida por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.177,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Centro Número 91 Sector La Pradera, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal que mide: CUATROCIENTOS SETENTA Y UN METROS CON VEINTE CENTIMETROS (471.20Mts),cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Carmen González, midiendo Quince metros con Cincuenta Centímetros (15.50.Mts),SUR: Tobía Balza, midiendo Quince metros con Cincuenta Centímetros (15.50Mts), ESTE: Luís Guzmán, midiendo Treinta metros con Cuarenta Centímetros (30.40Mts),OESTE: Carlos Solórzano, midiendo Treinta metros con Cuarenta Centímetros (30.40Mts), Dichas bienhechurías consta de las siguientes características: Una casa que tiene un área de construcción de CIENTO DOS METROS CON TREINTA CENTIMETROS (102.30 Mts), con paredes de bloque de cemento, piso de cemento pulido, friso liso, techo de Aluminio, la cual consta de Una (1) Sala Comedor, Una (1) Cocina Tres (3) Habitaciones Dos (2) Baños con sus respectivos accesorios.- El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTE (BS .F.30.000) y teniéndose presente las declaraciones de los ciudadanos DENNYS DEL VALLE DIZ GUERRA, Y LUISA JOSEFINA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-14.817.224 y V-21.177.943, respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener a prueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO
DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana DAMARIS DEL VALLE MARTELO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ
LA SECRETARIA,
Abg. FLOR YESENIA CUESTA
Se devuelven constante de ( ) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,