REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ

Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, diecinueve de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002668

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: CLARET FRANCISCA LUGO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.456.597,de este domicilio, asistida por el abogado REINALDO QUIJADA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.120,donde manifiesta se le conceda TÍTULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomento a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Sector Pueblo Nuevo Norte Cuarta Carrera Norte de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno propiedad Municipal que mide: TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS, (383.67Mts), cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con propiedad que es o fue de Mario Bruno, midiendo Doce metros con Sesenta Centímetros (12.60Mts),SUR: Con cuarta(4ta) ESTE: Con propiedad que es o fue de Rómulo Marcano, midiendo Treinta metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (30.45Mts), (30.40Mts),OESTE: Propiedad que es o fue de la familia Valladares ,midiendo Treinta metros con Cuarenta y Cinco Centímetros (30.45Mts),Dichas bienhechurías consta de las siguientes características: Una casa que tiene un área de construcción de CIENTO VEINTICUATRO CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (124.56Mts), consistente de bases de concreto y cabilla, paredes de bloque, techo de acerolit, constituida de tres (3) habitaciones, Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina, Un (1) Baño y piso de cemento.-El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTE (BS .F.15.000) y teniéndose presente las declaraciones de los ciudadanos BLANCA AURORA BARRIOS, Y TRINA ELENA CHACIN CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-8.965.822 y V-11.718.628,respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener a prueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO
DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana CLARET FRANCISCA LUGO, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,

Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ

LA SECRETARIA,

Abg. FLOR YESENIA CUESTA

Se devuelven constante de (13) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA,