REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ


Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de enero de dos mil once
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2010-002729
ASUNTO: BP12-S-2010-002729


SOLICITANTE: MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.869.831, asistida por la abogada ROXY YAMILEX UGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.510, de este domicilio.-

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-.


Vista la solicitud presentada en fecha 26-10-2010, por la ciudadana MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.869.831, asistida por la abogada ROXY YAMILEX UGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.510, de este domicilio, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal El Tigre.-

En fecha 09 de Noviembre de 2010, se admitió la solicitud, y se acordó librar Edicto emplazando a todas las personas que pudieran ver afectados sus derechos con la presente solicitud.-

En fecha 15 de Noviembre de 2010, la ciudadana MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, asistida por la abogada YAMILA TABETE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.508, consignó el edicto publicado.

En fecha 26-11-2010, la ciudadana MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, asistida por la abogada ROXY YAMILEX UGAS, consignó poder apud acta que le otorgó a la referida abogada y solicitó el abocamiento de la juez temporal de este Tribunal, lo que fue acordado por auto de fecha 30-11-2010.



En fecha 02 de Diciembre de 2010, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que en esa misma fecha fijó en la cartelera del Tribunal, el cartel librado.-
En fecha 17 de enero de 2011, la Secretaria de este Tribunal, dejó constancia que habiendo transcurrido el lapso correspondiente, no compareció ninguna persona que pudiera ver afectados sus derechos en la presente solicitud.

En fecha 21 de enero de 2011, rindieron su declaración los ciudadanos ROSA MERCEDES ALVAREZ PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.463.052 y V-14.560.374, domiciliada en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.

Visto el orden cronológico que antecede, esta operadora de justicia, entra a analizar la presente solicitud para decidir:

Dice el solicitante que en fecha 14 de Junio del año 2010, falleció Ab Intestato, en la Calle Dieciocho de Octubre, casa Nº 38 del Sector La Charneca, Urbanización Rahme, El Tigre, Estado Anzoátegui, su progenitora ciudadana MARIA LUISA DOS SANTOS GRIMON, Venezolana, de Cincuenta años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-5.999.205, natural de la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, lo que dice se evidencia de la copia certificada del Acta de Defunción que acompaña a la solicitud.-

Que por cuanto su progenitora fallecido ab-intestato, y a los efectos de cualquier tipo de tramite con referencia al mismo, acude ante este Despacho, a fin de que se le declare como Única y Universal Heredera de la extinta ciudadana MARIA LUISA DOS SANTOS GRIMON.

MEDIOS PROBATORIOS
Pruebas Documentales: copia certificada del Acta de Defunción de la ciudadana: MARIA LUISA DOS SANTOS GRIMON y copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, los cuales, al no haber sido impugnadas bajo ninguna forma de derecho, se les da pleno valor probatorio de conformidad a lo pautado en el Artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con los Artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.

Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara a la ciudadana MARUCY LILIANA BELLO DOS SANTOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.869.831, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la extinta: MARIA LUISA DOS SANTOS GRIMON, Venezolana, de Cincuenta años de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-5.999.205, natural de la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui y quien falleció Ab-Intestato en fecha 14 de Junio del año 2010, en la Calle Dieciocho de Octubre, casa Nº 38 del Sector La Charneca, El Tigre, Estado Anzoátegui, y así se decide.-

Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-

LA JUEZ

Abg. ARELIS MORILO SANCHEZ

LA SECRETARIA

Abg. FLOR YESENIA CUESTA GONZALEZ