JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.
El Tigre, 25 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000801
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: LEONELLA CAROLINA DE LA CHINQUIQUIRA AZUAJE MAITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V- 13.751.660 y V-12.429.073, asistido por el abogado JORGE LUIS MATA y ANDRES GONZALEZ MORALES, inscritos en el Inpreabogado bajos los Nros 74.071 y 32.655.
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la solicitud de Título Supletorio incoada por la ciudadana LEONELLA CAROLINA DE LA CHINQUIQUIRA AZUAJE MAITA desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo y dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Veinticinco (25) días del mes de Enero del año 2011.- Años 200° de la Federación y 151° de la Independencia.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA
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