REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: BP02-S-2010-003304
MONTO: Bs. F 17.751,07
SENTENCIA
Vista la TRANSACCION suscrita por el ciudadano FREDDY GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.503.121, debidamente asistido por la abogado MARIA GABRIELA OLIVEROS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 96.307, por una parte y por la otra, la abogada MARIA ALEJANDRA DIAZ CONTRERAS, venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.246.951, e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 42.526, quien actúa con el carácter de apoderada judicial, según documento poder que se anexa, del Ciudadano ANGEL HERRERA HERRERA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.221.839, quien fuera empleador del primero arriba identificado ; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 11 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y se da por terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas que se soliciten. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los diez (10) días del mes de Enero del dos mil once (2011).
El Juez,
Abg. Ángel G. Parra
La Secretaria,
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
|