REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2010-001046
SENTENCIA
PARTE ACTORA: KARLA JOSEFINA ROSSETTI.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LUIS BELTRAN CALDERON MEJIAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado Nº 15.475
PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE REHABILITACION, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Los abogados LUZ MARY MARIN y LUIS ANTONIO LIRA, inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 81.202 y 81.006 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, once (11) de Enero del 2011, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, se deja expresa constancia que la parte demandante no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la demandada, Los abogados LUZ MARY MARIN y LUIS ANTONIO LIRA, inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 81.202 y 81.006 respectivamente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
Los presentes.
La Secretaria
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:50 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
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