REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: BP02-L-2010-000939
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO CALCURIAN, HUMBERTO FERRER, OSMAL GUACARAN y FRANCISCO GUAREPE.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MARIA MODESTA CARVAJAL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 139.036.
PARTE DEMANDADA: CORPORACION DE SERVICIOS ESPECIALES C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: El abogado DENEB ALTAIR BRASICOTT PERDOMO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 81.495.
MOTIVO: COBRO DE DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA
Hoy, catorce (14) de Enero del 2011, siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, luego de celebrar la prolongación del día de hoy en la presente causa, este Tribunal quiere dejar constancia que en fecha 26 de Noviembre del 2010 a las 11:00 de la mañana, se procedió a la instalación de la audiencia preliminar en la presente causa con la incomparecencia de los trabajadores HUMBERTO FERRER y OSMAL GUACARAN, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 11.698.497 y 15.015.309 respectivamente, declarándose desistido el procedimiento y terminado el proceso con respecto a ellos. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley HOMOLOGA el mismo y CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200°. Homologación que se hace por remision del acta de fecha 26-11-2010.
El Juez
Abg. Angel Parra Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 11:20 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Maribi Yanez Nuñez.
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