REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, dos de febrero de dos mil once
200º y 151º

ASUNTO: BP02-U-2011-000005
Visto el Recurso Contencioso Tributario recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha doce (12) de enero de 2011, interpuesto por el abogado ERNESTO CARINI GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 8.334.272, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente SOLDADURAS Y TUBERÍAS DE ORIENTE, C.A., (SOLTUCA) e inscrito ante la Oficina de Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 15-07-1975, bajo el Nº 261, Tomo II-A, domiciliada en la Avenida 1, Parcela Nº 177, Zona Industrial los Montones, Barcelona, Estado Anzoategui, e Inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo el Nº J-08007287-1, recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha trece (13) de enero de 2011, en contra Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DSA/2010/085 04051, de fecha 13-10-2010, que confirma totalmente el Acta de Reparo contenido en la resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DF/2009/6812/0061 de fecha 22-10-2009 e impone cancelar lo siguiente:
Planilla de Liquidación fecha Impuesto Multa Intereses Total
071001233000340 21/10/2010 318.369,00 899.738,00 163.841,00 1.381.948,00
071001233000341 21/10/2010 477.779,00 1.350.244,00 242.310,00 2.070.333,00
071001233000342 21/10/2010 531.912,00 1.503.231,00 262.314,00 2.297.457,00
071001233000343 21/10/2010 257.854,00 728.717,00 124.831,00 1.111.402,00
071001233000344 21/10/2010 104.775,00 296.104,00 49.614,00 450.493,00
071001233000345 21/10/2010 271.157,00 766.313,00 123.958,00 1.161.428,00
071001233000346 21/10/2010 229.356,00 648.179,00 101.235,00 978.770,00
071001233000347 21/10/2010 460.170,00 1.300.482,00 199.416,00 1.960.068,00
071001233000348 21/10/2010 583.441,00 1.648.855,00 247.847,00 2.480.143,00
071001233000349 21/10/2010 334,00 944,00 136,00 1.414,00
071001233000350 21/10/2010 336.420,00 950.752,00 133.032,00 1.420.204,00
071001233000351 21/10/2010 122.556,00 346.355,00 46.393,00 515.304,00
071001233000352 21/10/2010 16.686,00 47.157,00 5.945,00 69.788,00
071001233000353 21/10/2010 53.045,00 125.379,00 16.624,00 195.048,00
071001233000338 21/10/2010 171.597,00 484.948,00 93.961,00 750.506,00
071001233000339 21/10/2010 135.456,00 382.811,00 71.862,00 590.129,00
Total 4.070.907,00 11.480.209,00 1.883.319,00 17.434.435,00
Emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas conjuntamente con la División de Sumario Administrativo de la Gerencia antes mencionada; Este Tribunal Superior observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente, en sus artículos 259, 260, 261, 262, y 266; a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares, recurrible en la vía Jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad e interés de la recurrente; así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la recurrente; por tanto este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con los Artículos 26, 49 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el abogado ERNESTO CARINI GONZALEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente SOLDADURAS Y TUBERÍAS DE ORIENTE, C.A., (SOLTUCA), contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DSA/2010/085 04051, de fecha 13-10-2010, que confirma totalmente el Acta de Reparo contenido en la resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DF/2009/6812/0061 de fecha 22-10-2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas conjuntamente con la División de Sumario Administrativo de la Gerencia antes mencionada; procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los Artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la respectiva Administración Tributaria.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de le Región Oriental. Barcelona, a los 02-02-2011. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

El Juez Provisorio,

Dr. Pedro David Ramirez Perez.
EL Secretario.,

Abg. Héctor Andarcia.
Nota: En esta misma fecha (02-02-2011) siendo las 3:30 p.m., se dictó y publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley. Conste.
El Secretario,

Abg. Héctor Andarcia.
PDRP/HA/gi