REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: BP02-M-2004-000384
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano Arístides Lander González, identificado en autos, debidamente asistido por el abogado Octavio Rafael Castellanos Zacarías, inscrito en el Inpreabogado con el N° 29.658, mediante la cual consignó Transacción suscrita en fecha primero (01) de febrero del año 2008, entre el Centro Industrial Aeronáutico, C.A. (CIACA), representada por su Director Gerente Manuel Antonio Silva Jaramillo, identificado en autos, en su carácter de demandado, y el ciudadano Arístides Alberto Lander González, identificado en autos, en su carácter de demandante, por ante la Notaría Pública de Lechería, la cual corre inserta a los folios Nros 211 al 213 del Cuaderno Principal de la presente causa, el Tribunal por cuanto dicha Transacción no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones suscrito por ellos. Así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO.,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA
Abg. MIRLA MATA ROJAS
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