Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, Catorce (14) de febrero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-V-2009-001002
ASUNTO: BP12-V-2009-001002
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
SOLICITANTE: JESÚS LEONARDO RAMONI Y YUSELIN ÁNGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº V-8.295.068 y V-15.14.860, respectivamente, asistido por el abogado MARIA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.281.
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la presente Demanda, desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, por lo que se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los catorce (14) días del mes de Febrero del año 2011.- Años 200° de la Federación y 151° de la Independencia.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL ,
ABG. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. FLOR YESENIA CUESTA GONZÁLEZ
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