JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMÓN RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EXTENSIÓN EL TIGRE.

El Tigre, 07 de Ferebro de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-000858

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCION DE LA INSTANCIA)

MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO

SOLICITANTE: GUILLERMO RAFAEL FIGUERA SILVERIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.347.452, apoderado Judicial de la ciudadana MARIA RODRIGUEZ DE GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-1.308.093.-
Por cuanto de la revisión de las actas que integran este expediente el Tribunal observa: Que en la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO incoada por lo ciudadano GUILLERMO RAFAEL FIGUERA SILVERIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.347.452, apoderado Judicial de la ciudadana MARIA RODRIGUEZ DE GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-1.308.09; desde el ultimo acto de procedimiento hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, sin que la parte interesada haya instado el presente procedimiento, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme a lo y dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo expuesto, este tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en el presente asunto.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Siete (07) días del mes de Febrero del año 2011.- Años 200° de la Federación y 151° de la Independencia.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ABG. ARELIS MORILLO SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,

ABG. FLOR YESENIA CUESTA